Calculadora de IVA Mensual

Liquidá tu DDJJ de IVA mensual: débito fiscal - crédito fiscal - retenciones/percepciones = saldo a pagar o a favor.


Ventas del mes (neto SIN IVA)

La mayoría de bienes y servicios
Carnes, frutas, verduras, libros, ciertos transportes
Servicios públicos a no-RI (agua, gas, electricidad, telefonía)

Compras del mes (neto SIN IVA)

Solo compras con factura A — las B/C no dan crédito fiscal

Ajustes

IVA que ya te retuvieron clientes / agentes AFIP
IVA percibido por proveedores (RG 2408, 2126, etc.)
Si el mes pasado quedó saldo a favor
Saldo a PAGAR (DDJJ IVA del mes)$ —

IVA débito fiscal (suma alícuotas)
− IVA crédito fiscal (suma alícuotas)
Subtotal (DF − CF)

SALDO

Cargá tus ventas y compras del mes por alícuota.

Herramienta orientativa. Los cálculos son aproximados con datos vigentes al 2026. Para casos puntuales (deducciones específicas, regímenes especiales, percepciones provinciales) consultá con tu contador o contadora. YoFacturo no se responsabiliza por decisiones tomadas con base en este resultado.

Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitás saber sobre esta calculadora.

¿Cómo se calcula el IVA mensual a pagar?
IVA a pagar = IVA débito fiscal (lo cobrado en ventas) − IVA crédito fiscal (lo pagado en compras). Si el resultado es positivo, lo pagás en la DDJJ del mes. Si es negativo, queda como saldo a favor para descontar en el período siguiente.
¿Qué alícuotas de IVA hay en Argentina?
Tres alícuotas vigentes: 21% (general), la mayoría de bienes y servicios; 10.5% (reducida): carnes, frutas, verduras, libros, ciertos transportes; 27% (incrementada): servicios públicos a no-RI (agua, gas, electricidad, telefonía). También hay actividades exentas (0%).
¿Qué hago si me queda saldo a favor de IVA?
Lo arrastrás como crédito al período siguiente. Si acumulás varios meses con saldo a favor, podés solicitar devolución (trámite RG 2000/2006) o compensar con otros impuestos vía SICORE. Conviene revisarlo si tu actividad es exportadora o tenés muchas compras exentas/no gravadas.
¿Cuándo vence la DDJJ de IVA?
Vencimiento mensual entre los días 18-22 del mes siguiente, según último dígito del CUIT. Por ejemplo, IVA de enero vence aprox. del 18 al 22 de febrero. Se presenta el F.2002 web y se paga con VEP o débito directo.

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